Es habitual escuchar en los últimos tiempos las quejas de los hosteleros por las dificultades para reclutar el personal necesario para asumir la explosión de demanda pospandémica. En ese contexto, sorprende el caso de un conocido restaurante de Vigo que se desprendió de uno de sus cocineros alegando bajo rendimiento y desobediencia, acusaciones que no consiguió acreditar ante la Justicia.
En una reciente sentencia, contra la que cabe recurso, la jueza del Juzgado de lo Social nº 7 de Vigo declara el despido improcedente y obliga a la empresa a readmitir al trabajador o a abonarle una indeminización de 4.592,53 euros. La magistrada rechaza los dos argumentos principales del local: que el empleado se negó a atender una comanda a las 15:30 y que faltó a trabajar un sábado, tras avisar por Whatsapp el día anterior.
Salcoadam Resaturación S. L., la sociedad que gestiona el restaurante de Marina Davila, alegaba en la carta de despido que al cocinero se le habían hecho "continuas avertencias verbales" para que cambiase su actitud. "No solo no ha variado en abolsuto su comportamiento, sino que ha empeorado", le reprochaban. Pero durante el juicio la empresa "ni especificó ni acreditó" esos comportamientos.
En cuanto al bajo rendimiento, la empresa esgrimía comoa argumento principal que el cocinero rechazó preparar los platos pedidos por unos comensales a las 15:30, cuando la cocina cerraba a las 15:45, aunque su horario se extendía hasta las 17:00. "No queda claro si existía esa obligación ni [si hubo] orden expresa para efectuar dicha comanda", estima la magistrada.
La empresa defendía que ese rechazo le hizo perder los ingresos puntuales de esa comida, a lo que añadía el daño a su reputación entre otros posibles clientes. De nuevo, la sentencia echa por tierra esa postura: "No acredita qué perjuicio económico originó, los datos no se acreditan con seriedad y rigor técnico".
Día libre
La magistrada, por último, tampoco acepta que la ausencia del trabajador en un día fuese motivo suficiente de despido. El cocinero avisó con una jornada de antelación por mensaje que se tomaba un día de asuntos propios, pero Salcoadam Resaturación S. L. le reprochaba que en el convenio colectivo de aplicación no se recoge esa figura, además de que se trataba de un sábado en temproada alta. "No queda realmente claro sí el actor podía o no disfrutar de dicho día de asuntos propios o de descanso", reza la sentencia.
"No se constata ni una falta de diligencia, ni una desobediencia, ni abandono de puesto de trabajo o deslealtad en el cumplimiento de sus funciones, de carácter grave y culpable, que haya de tener como consecuencia la sanción más grave prevista", concluye el fallo.
Tumbado el despido de un cocinero de Vigo que no atendió una comanda a las 15:30 - Faro de Vigo
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